RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Modifíquese el Artículo 5° del Reglamento Interno, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 5°: Las licencias que el cuerpo acuerde a sus miembros, se calificarán y concederán de la siguiente forma:

a) Ordinarias y circunstanciales: se concederán hasta por quince (15) días, por mayoría de votos de los miembros presentes.

b) Especiales o extraordinarias: se concederán hasta por seis meses, por mayoría absoluta de la totalidad de los miembros del cuerpo.

c) Licencia por Maternidad: Se concederá hasta por noventa (90) días corridos. En caso de parto múltiple la licencia se extenderá hasta por ciento veinte (120) días corridos. Dicha licencia podrá ser ampliada por igual plazo y por única vez por causas de fuerza mayor, y/o prescripción médica que involucre la salud de la madre y/o su/s hijo/a/s.

d) Licencia por Paternidad: Se concederá hasta por quince (15) días corridos. En caso de nacimiento múltiple la licencia se extenderá hasta por treinta (30) días corridos .

e) Licencia por adopción: Se concederá hasta por noventa (90) días corridos, a partir de la fecha en que la autoridad judicial o administrativa competente notifique el otorgamiento de la guarda o tenencia con vistas a la adopción. En caso de adopción múltiple la licencia se extenderá a ciento veinte (120) días.

Las vacantes producidas por estas licencias podrán ser cubiertas de acuerdo al procedimiento del artículo 6o. (Conforme Expte. F-320/11-12)

ARTÍCULO 2°: Modifíquese el Artículo 6° del Reglamento Interno, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 6°: La licencia solicitada por un Senador será concedida por la Cámara, quien resolverá expresamente si la misma es o no con goce de dieta, excepto la licencia por maternidad, paternidad o adopción que se concederá con la mera acreditación de la documentación correspondientes y con goce íntegro de la dieta.

Si la licencia del art. 5 inc. a) y b) se extendiera por un lapso mayor al de un mes, y la del inc. c), d) y e) se extendiera por un lapso mayor al concedido, dicha circunstancia dará lugar a que se incorpore al Cuerpo, el Senador suplente de la lista a la que perteneciera aquel que ha hecho uso de la licencia, extinguiendo por ende el goce de dieta en la licencia de aquel, si el mismo hubiera sido acordado para el Senador que la hubiere solicitado.”

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, cumplido, archívese.

FUNDAMENTOS

Mediante el presente proyecto de Resolución proponemos una modificación en el Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.

En particular, se pretende incorporar un derecho con el que cuentan todos y todas los trabajadores de la Provincia, pero que actualmente no se encuentra incorporado para quienes ejercemos la labor legislativa, situación que en la actualidad representa algunas trabas administrativas para quien nos desempeñamos como trabajadores y trabajadoras de esta casa, en particular, para las mujeres que hoy en día ocupan una Banca en el Senado.

A través de la modificación planteada, se busca incorporar al Régimen de Licencias dispuestas en el Artículo 5° del Reglamento Interno, las licencias parentales por nacimiento de un hijo o una hija, para las y los legisladores.

En particular se dispone una licencia de 90 días corridos con la posibilidad de extensión y de 20 días corridos para los senadores.

Dichas licencias serán otorgadas con goce íntegro de dieta, lo que garantiza la cobertura de la obra social durante dicho periodo lo que resulta fundamental tanto para la protección de la salud del recién nacido, como sus progenitores.

Se dispone también, que teniendo en cuenta las características de la licencia, este derecho se hará efectivo con la simple acreditación de los certificados correspondientes, sin necesidad de que dicha licencia sea aprobada por el Cuerpo Deliberante.

Entendemos que resulta sumamente necesario incorporar este derecho a nuestro Reglamento interno, ya que resulta fundamental para que las y los legisladores de esta casa puedan desarrollar su tarea legislativa.

Por los motivos antes expuestos es que solicitamos a los legisladores y legisladoras nos acompañen en esta iniciativa.